La organización del sorteo promocional está promovida por la empresa RFC S.A. (en adelante, “GLOBALBOX”) con domicilio en calle Cecilio Da Silva nro. 1002 esquina Federación Rusa.
GLOBALBOX organiza, con fines promocionales el sorteo “GlobalBox Promo 10 años” (en adelante, la “Promoción”), a desarrollar y comunicar a través de nuestras plataformas de Internet, cuya participación está abierta a todos los clientes mayores de edad.
La Promoción se iniciará el 25 de octubre de 2021 y finalizará el 20 de diciembre de 2021.
No obstante, lo anterior, GLOBALBOX se reserva el derecho de modificar a su conveniencia las fechas de la Promoción.
Podrán participar en la promoción todas aquellas personas (en adelante, los “Participantes”) que acepten las presentes bases y condiciones, y cumplan las siguientes normas de participación:
En concreto, se seleccionará al ganador realizando un sorteo en redes sociales mediante la aplicación de APPSORTEOS o similar entre los clientes que hayan cumplido los requisitos de participación.
Una vez que GLOBALBOX tenga conocimiento de quién es el ganador, también lo publicara en sus plataformas de internet y/o redes sociales.
El premio de la presente Promoción, concretamente, incluye:
Condiciones Generales:
Se considerarán nulas aquellas participaciones que se hayan realizado posteriormente a la fecha de finalización de la Promoción, así como las que no cumplan con los requisitos establecidos en el apartado segundo de las presentes Bases Legales. GLOBALBOX se reserva el derecho de excluir de la Promoción a aquellos Participantes que sospeche o detecte que hayan participado de cualquier manera fraudulenta.
Si se evidenciase que los ganadores no cumplen con los requisitos exigidos en las Bases, o bien no acreditaran lo que les sea solicitado, su participación se considerará nula y quedarán automáticamente excluidos de la Promoción perdiendo todo derecho sobre el premio otorgado en virtud de esta Promoción.
El premio entregado no será susceptible de cambios, alteraciones o compensaciones a petición de los ganadores, no pudiendo ser canjeado por cualquier otro producto ni por dinero. GLOBALBOX se reserva el derecho, si concurre justa causa y previa comunicación en legal forma, de efectuar cualquier cambio, suspender o ampliar esta Promoción.
Se deja constancia por el presente documento de que los Participantes no tienen que abonar, como consecuencia del sorteo propuesto, cantidad adicional alguna a GLOBALBOX.
GLOBALBOX se reserva, en caso de obligada necesidad, el derecho de sustituir los premios por otros de similares características.
Los GANADORES serán notificados por GLOBALBOX vía redes sociales y al número telefónico o por otros medios que GLOBALBOX consideren pertinentes. –
Una vez contactado al GANADOR, GLOBALBOX informarán la fecha, horario, lugar y requisitos para la entrega de sus correspondientes premios. -
El GANADOR podrá retirar su premio hasta sesenta (60) días posteriores a la fecha del sorteo y la notificación efectiva realizada por GLOBALBOX. Transcurrido este periodo sin que el GANADOR se presente, los premios, serán destinados a una entidad de beneficencia designado por la conajzar.
Para tener derecho a retirar su premio, el GANADOR deberá presentarse con su cédula de identidad o pasaporte. El GANADOR deberá firmar una constancia de recepción del premio y un documento de exención de Responsabilidad Civil y Penal a favor de GLOBALBOX. Los Premios una vez entregados, son aceptados incondicionalmente por cada GANADOR.
No podrán participar de LA PROMOCION ni verse beneficiados empleados de R.F.C.S.A.
GLOBALBOX reconoce y acepta a la Comisión Nacional de Juegos de Azar (CONAJZAR), como Institución encargada de la supervisión, auditoría y control en lo referente al desarrollo y gestión de ésta PROMOCIÓN. Toda situación no prevista en éstas Bases y Condiciones, que pudiera derivar un conflicto entre los ORGANIZADORES y los participantes, podrá ser resuelta a pedido de las partes por la "Comisión Nacional de Juegos de Azar" CONAJZAR o por vía jurisdiccional en caso de que los interesados así lo consideren para la mejor defensa de sus derechos. El juego solicitado, en cuanto a su alcance o incidencia, resulta solo a nivel nacional. La explotación de juegos de azar no autorizados por la autoridad competente es delito económico contra el erario, equiparado al delito de estafa previsto en la legislación penal, conforme lo establece el Artículo 17 de la Ley N° 1016/1997.-